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FOTO: MINISTERIO DEL AMBIENTE

El lado verde del Ministerio de Economía y Finanzas

Acuerdos comerciales y compromisos ambientales

Publicado: 2014-08-16

La República reveló hoy el contenido de uno de los correos de la cuenta del ex Presidente del Consejo de Ministros, René Cornejo -obtenidos ilícitamente-. Según lo señalado por dicho diario el pasado 9 de julio, "...el director general de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del MEF, Javier Roca Fabián, elaboró una ayuda-memoria para el ministro Luis Castilla en la que se analiza el tema de la certificación ambiental."  Este último es el nombre técnico que recibe el visto bueno que otorga la autoridad estatal a cargo de la evaluación de impacto ambiental de un proyecto de inversión.

Ojo Público, ha publicado el contenido de dicha Ayuda Memoria.

Es un documento breve y de buena factura, que -por su contenido- tenía por propósito brindar elementos que ayudaran a  resolver la "...controversia técnica entre el MINEM [Ministerio de Energía y Minas] y MINAM [Ministerio del Ambiente] por la definición del grado de Estudio Ambiental para la exploración sísmica". Esta ha sido un motivo de enfrentamiento público entre los titulares de ambos sectores.

Voy a concentrarme en las conclusiones de la ayuda memoria respecto a la posibilidad de variar la exigencia de evaluación de impacto ambiental en la exploración de hidrocarburos -sísmica-, pasando de exigir estudios de impacto ambiental (EIA) a solo requerir una declaración de impacto ambiental (DIA).

1. Concluye que "...no existe posibilidad confiable de armonización reguladora, ya que depende de las valorizaciones ambientales del riesgo por dicha actividad y no necesariamente por aspectos técnicos." En términos simples, no existe en los países de la región (Colombia, México y Ecuador) una solución única. Por lo tanto, es necesario realizar un estudio de los efectos específicos que, para el caso peruano, implicaría dicha modificación. 

2. La ayuda memoria sostiene que una variación de los procedimientos de gestión ambiental -en este caso pasar de un EIA a una DIA- podría implicar una violación del Acuerdo de Promoción Comercial con los Estados Unidos -popularmente conocido como el TLC-.  Copio aquí el párrafo, que es muy claro:

En caso que se decida por pasar de un EIA-d a un DIA, se debe tener en cuenta que, dicho cambio podría ser interpretada como un relajamiento del estándar de protección ambiental y si se junta esto la atracción de inversiones por monto de US$2000 millones al sector, se estaría configurando una posible violación al Acuerdo Comercial Estados Unidos (relajamiento de estándares ambientales para promover inversiones). Esta interpretación podría configurarse siempre y cuando no se sustente que dicho cambio de estándar no implica una disminución en la protección ambiental (no se deja de proteger el ambiente o no implica que la nación asuma mayores riesgo ambientales por dicha actividad).

Por lo tanto, una modificación en los procedimientos de la gestión ambiental bastaría para configurar una reducción de los niveles de protección -aumento del riesgo ambiental-, incluso si los estándares ambientales se mantuvieran invariables. Desde luego, puede ocurrir que dicho cambio no implicara un aumento de dicho riesgo, si se tratara, por ejemplo, de uno puramente formal. Un riesgo se configuraría, por cierto, con un aumento de la probabilidad de incumplimiento de la normativa ambiental.

Este documento, por lo tanto, ilustra con claridad que una variación de los procedimientos de gestión ambiental -como la evaluación o la fiscalización ambiental- puede aumentar los riesgos ambientales. Este mismo razonamiento puede usarse en el caso de la Ley N° 30230 recientemente aprobada por el Congreso de la República -a iniciativa del Poder Ejecutivo- que modifica, por ejemplo, los procedimientos y reglas de la fiscalización ambiental. ¿El Ejecutivo ordenó un estudio de riesgo ambiental -como el solicitado para este caso- que descartara un efecto negativo del cambio legislativo? La exposición de motivos de la ley no contenía dicha información. Este estudio es crucial para evaluar si con la Ley N° 30230 (Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país), no se habría violado el compromiso asumido a través del Acuerdo de Promoción Comercial con los EEUU.

Desde ya, con relación a la variación de los EIA a los DIA en la exploración del sector hidrocarburos, será fundamental conocer el contenido del estudio mencionado en la Ayuda Memoria antes de que se adopte cualquier decisión sobre la materia.

Parece que los técnicos del MEF y muchos especialistas ambientales están básicamente de acuerdo en los problemas que pueden originarse por un cambio de la legislación ambiental que solo tome en cuenta las necesidades de la inversión. El lado verde del MEF. No obstante, el criterio no es compartido por todos en el gobierno.

Por último, el documento no deja duda sobre la relevancia que en la gestión pública en general -y no solo en las cuestiones económicas y financieras- ha adquirido el Ministerio de Economía y Finanzas.


Escrito por

Ivan Lanegra

Enseño ciencia política en la PUCP y en la Universidad del Pacífico. Tras 20 años en el Estado, intento escribir con simplicidad sobre él.


Publicado en

Ensayos de Estado

Textos breves sobre política, Estado y gestión pública