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FOTO: MINEM

¿Quién debe elaborar las Evaluaciones de Impacto Ambiental?

Publicado: 2015-05-06

Imagine que quiere construir su casa. Tiene muchas ideas sobre cómo será su nuevo hogar. Amplios jardines o pequeños. Vivir cerca del suelo o en un piso 20. ¿Cuánto dinero piensa invertir en su proyecto? También enfrentará restricciones. No puede construir sobre un terreno inestable. Tampoco en un lugar inundable ni vulnerable a deslizamientos. O hacerlo sin bases sólidas cuando los terremotos son habituales. Una persona responsable tomará todo en cuenta. Pero, no todos actúan así. Esta negligencia puede generar daños, no solo a ellos sino también a terceros. Por eso el Estado impone regulaciones sobre la construcción. 

A esto debemos agregar las restricciones fruto de las reglas de convivencia y el respeto mutuo. Por eso, no se permite construir una industria en medio de una zona residencial. Ni tampoco construir edificios muy altos en donde los servicios públicos disponibles no se darían abasto para satisfacer las necesidades de todos. Ni construir de tal manera que afectaría valores protegidos –como el patrimonio histórico-. En este marco, para concretar su proyecto en un escenario óptimo, contará con la asesoría de profesionales especializados. Un arquitecto le presentará múltiples opciones o se crearán otras tras el intercambio de puntos de vista. Al final, habrá que ir a las distintas entidades públicas, quienes verificarán si la propuesta planteada cumple con las regulaciones. Si es así, tendrá la licencia para empezar a edificar su proyecto.

Para muchos, la evaluación de impacto ambiental es básicamente una auditoría. Es decir, consiste solo en esta última etapa del proceso descrito. Bajo dicho concepto, simplemente se verifica si el proyecto cumple o no con las regulaciones ambientales. Sin embargo, la evaluación ambiental se parece más a la tarea encargada al arquitecto. El equipo profesional que conduce la evaluación recibe una idea inicial del proyecto de inversión. Su trabajo no se agota con las normas ambientales. El proyecto debe responder a las necesidades del inversionista. Y también tomar en cuenta los intereses de otros involucrados –por ejemplo, la comunidad local–. El ida y vuelta de las propuestas se reproduce con el fin de lograr algo satisfactorio no solo ambientalmente, sino también para los intereses de todos.

Por eso, cuando alguien pide que sea una “entidad independiente” quien esté a cargo de la evaluación de impacto ambiental, aquel tiene en mente a un auditor. El arquitecto de mi casa no puede ser “independiente”. Es alguien que está claramente a mi servicio. Él no puede imponerme, por ejemplo, sus gustos. Es el inversionista quien decide cuál de las opciones que cumplen con las normas ambientales es la más satisfactoria.

Sin embargo, podría darse de que el inversionista, el consultor, o ambos plantearan una opción que incumple alguna norma ambiental o que no se respete los derechos de los demás. Por eso existe una labor de auditoría. Una instancia que verifique que el diseño, elaborado por el arquitecto, haya sido el adecuado y, de no ser así, pedir las correcciones del caso. Ésta debe estar a cargo del Estado.

Para que esta labor sea eficiente y eficaz, esta entidad revisora debe contar con todas las garantías de suficiencia profesional e independencia que no deje dudas sobre su juicio. De ahí la importancia de fortalecer al Servicio Nacional de Certificación Ambiental – Senace. Los inversionistas deben ser quienes asuman los costos de todo este proceso. Finalmente, la autoridad debe sancionar severamente a quien incumple con su deber, sea el inversionista o el consultor ambiental.

Columna publicada en Diario 16.


Escrito por

Ivan Lanegra

Enseño ciencia política en la PUCP y en la Universidad del Pacífico. Tras 20 años en el Estado, intento escribir con simplicidad sobre él.


Publicado en

Ensayos de Estado

Textos breves sobre política, Estado y gestión pública